Por los anteriores razonamientos este Tribunal administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento formulada por el ciudadano HERMES WILFREDO CAÑAS RODRIGUEZ, ya identificado de autos, y en consecuencia se ORDENA estampar la correspondiente Nota Marginal, en el sentido de indicar que el nombre correcto como HERMES WILFREDO, y no como erróneamente aparece asentado de ELME WILFREDO CAÑAS RODRIGUEZ, igualmente se acuerda remitir Copia Certificada de la presente decisión a la Alcaldía de Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, Dirección de Registro Civil del Municipio Autónomo Guanipa del Estado Anzoátegui, a fin de que extienda la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento llevada por ante ese despacho, quedando inserta la Acta de Nacimiento en el Libro Principal N° 1, Acta Nº 413, Folio Nº 231, del Registro Civil de Nacimiento, llevados durante el año 1954.....