En mérito de los argumentos de hecho y derecho precedentemente expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano REINALDO JOSÉ BELMONTE VELÁSQUEZ contra la empresa RAFAY INGENIEROS & ASOCIADOS, C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos. Se declara SIN LUGAR la demanda incoada por el referido demandante contra la empresa JANTESA, C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa demandada cancelar al accionante la suma total de Bs. 4.426.599,95, por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, así como los correspondientes intereses sobre la prestación de antigüedad calculados como se ordena en el particular siguiente.
TERCERO: Se ordena que para el cálculo de los intereses .....