Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva con respecto al trabajador JAVIER GONZALEZ, antes mencionado, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LA PARTE AQUÍ MENCIONADA, dándole efectos de la Cosa Juzgada, absteniéndose de ordenar el archivo judicial del expediente hasta que se de cumplimiento de lo aquí acordado.