En base a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Su Incompetencia sobrevenida para conocer del Recurso de Nulidad proveniente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativa, incoado por la Abogada Alicia Carolina Gamboa, Apoderada Judicial del Instituto Nacional de Geriatría y Gerontología, (INAGER), contra la Providencia Administrativa No- 116-03, dictada por la Inspectoría del Trabajo de El Tigre y San Tomé del Estado Anzoátegui, mediante la cual declaró Sin Lugar el procedimiento de Calificación de Falta, interpuesta por la empresa antes mencionada contra el ciudadano Alberto Enrique Moreno.
Segundo: Se declina la competencia para conocer del presente asunto en la Jurisdicción Laboral ordinaria.
Tercero: Remítase el expediente al Tribun.....