Éste Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano JESUS RAMON BELMONTE ESPINOZA, titular de la cedula de identidad número V-8.263.432, Natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 24-12-1966, de 50 años, hijo de OMAIRA ESPINOZA (d) y PAULINO BELMONTE (d) residenciado en Carretera Vieja, Sector la Planta Puerto Píritu Parroquia Peñalver, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículos 405 del Código Penal, cometido en perjuicio de JUAN JOSE RODRIGUEZ RIVERO (OCCISO), Y USO INDEBIDO DE ARMA ORGÁNICA, previsto y sancionado en el articulo 115 de la Ley Para el Desarmen control de armas y Municiones, Todo de conformidad con los artículos 236, 237 numerales 2, 3 y el parágrafo primero d.....