Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano: RICHARD LISTA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.284.268, natural de Cumaná, Estado Sucre, donde nació en fecha 24/08/1974, de 33 años de edad, Soltero, Obrero, hijo de Epifanio González y Carmen Lista, residenciado en Sector El Guamache, casa s/n, Guanta, Estado Anzoátegui; por encontrarlo responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, penado en el artículo 405 en concordancia con el último aparte del artículo 80 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ARCENIO JOSE ROMERO; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251, ordinales 1°, 2° y 3° y 252, ordinales 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal. .....