este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en la Sentencia N° 1184, de fecha 22 de septiembre de 2009, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.
En este sentido, este tribunal con vista de la certificación hecha por la ciudadana secretaria sobre los días de despacho transcurridos desde el 21 de enero del 2016 exclusive, a la presente fecha 11 de marzo del 2016, inclusive, corresponde al día de hoy la oportunidad para la realización del acto y mediante la cual se ha evidenciado la incomparecencia de la parte actora a la instalación de la presente audiencia oral de juicio, se procedió a aplicar la consecuencia jurídica ex lege establecida en el primer aparte del a.....