Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos OSWALDO ANTONIO RODRIGUEZ GUARAPANA, quien es venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.013.737, natural de Bolívar, Estado Bolívar, donde nació en fecha 23-12-1988, de 18 años de edad, Soltero, Obrero, hijo de Eliseo Ramírez y Betty Guanapana, residenciado en Calle San Salvador, Vereda 3, Casa N° 17, Barcelona, Estado Anzoátegui; YEY LUIS MACUARE GOLINDANO, quien es venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.535.185, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 17.02.1984, de 23 años de edad, Soltero, Obrero, hijo de Santos Macuare y María Golindano, residenciado en Urb. Anzoátegui. Camino Nuevo, Calle San Salvador Vereda 3, Casa N° 11, Barcelona, Estado Anz.....