Con los razonamientos legales y jurisprudenciales previamente esbozados, forzoso es para este Tribunal declararse incompetente para conocer de la acción de amparo incoada por el ciudadano LUIS MONTIEL contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS FREITES, ANACO, LIBERTAD, ARAGUA DE BARCELONA, SANTA ANA Y MAC GREGOR DEL ESTADO ANZOÁTEGUI y en consecuencia, declina la competencia para ante el Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor Oriental.