DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud por Obligación de Manutención, corresponde, al salario mínimo mensual (Bs. 1.407, 47) en base a 1/2 del salario mínimo actual, quedando por pagar setecientos tres con setecientos treinta y cinco bolivares mensuales (Bs. 703,35) la indicada suma de dinero se expresa en moneda de curso legal y exigible, la misma se entregará personalmente a la ciudadana YARITZA DEL CARMEN CARPIO, en representación de su hija XXXXXXXXXXXXX, en contra de RAMON CELESTINO ORTIZ quedando dicha cantidad de dinero ajustada para el mes de septiembre del año 2011, conforme al salario oficial de mil quinientos cuarenta y ocho con veinte uno (Bs. 1.548,21) mensual, conforme a la unidad tributar.....