Este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, solicitado por el Fiscal Vigésimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui a favor del ciudadano, ANSELMO RAFAEL VELASQUEZ ROMERO, titular de la Cédula de Identidad N°. V.- no porta, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de la ciudadana FLORES RODRIGUEZ MARY CARMEN, todo ello de conformidad con lo establecido el artículo 300, numeral 3 y 302, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 49 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por este caso por remisión.....