Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01, del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: lo Siguiente :PRIMERO: Los hechos imputados a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), ROBO AGRAVADO con la participación de los Adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) EN GRADO DE COAUTORES previsto en los artículos 458 y 83 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos DANIEL ALCANTARA, WILFREDO SIMON BLANCO, JESUS SALVADOR LUNAR, PABLO JOSE COA. SEGUNDO: Se declara que la aprehensión de los imputados: (IDENTIDAD OMITIDA), fue en Flagrancia, TERCERO: Se impone a los Adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA); como Medida cautelar de Fianza Personal de dos personas idóneas prevista en el literal g) del artículo 582 de la citada Ley Orgánica En atención a ello se o.....