...este Tribunal declara: 1) Su COMPETENCIA para conocer del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto por la entidad de trabajo PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A, en contra el auto con efectos definitivos, dictado en fecha 05 de febrero de 2016, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALBERTO LOVERA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. 2) ADMITE el recurso de nulidad., ello administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela.
Como consecuencia de la Admisión declarada se ordena:
PRIMERO: Notificar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al ciudadano Inspector del Trabajo de la Inspectoría del Trabajo Alberto Lovera del Estado Anzoátegui, como representante del órgano que dictó el acto administrativo que se impugna, acordando solicitar a dicho funcionario, el expediente administrativo relacionado con este juicio (Nº 003-2016-01-00159), el cual deberá ser remitido dentro de los diez (10) días hábi.....