Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede Constitucional en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la siguiente medida cautelar:
PRIMERO: Se ordena al ciudadano Gustavo Marcano en su carácter de Alcalde del Municipio Urbaneja del Estado Anzoátegui, otorgar, en un lapso perentorio de veinticuatro (24) horas contado a partir de su notificación, el Permiso de Uso a INVERSORA OCEAN CLUB, C.A. sobre el Local Comercial destinado a Restaurantes, Piano-Bar, Discoteca, Café, Sala de espectáculo en vivo, con una área aproximada de Seiscientos Noventa y Cinco Metros Cuadrados ( 695 m2), mas un área de Terraza Sur de la misma edificación, con una superficie aproximada de 2.600 Mts2, para el funcionamiento de Bar-Restaurantes, ubicado en la zona Suroeste de la Casa Club de la Marina Club N.....