DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud presentada el ciudadano JORGE LUIS GUEVARA BASTARDO, antes identificado, en su condición de presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL TURISMO Y SERVICIO INMOBILIARIO MOCHIMA, C. A., arriba identificada todo de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Archívese la presente solicitud. Y ASI DECIDE.-
Regístrese y publíquese.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los Once (11) días del mes de Octubre de Dos Mil Diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZ SUPLENTE,
Abg. Magbis Ruth Mago García.....