el Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Desistimiento en los términos y condiciones en que fue suscrito por ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del código de procedimiento Civil, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
EL JUEZ
Dr. JOSE JESUS RAMIREZ.-
La Secretaria,
Dra. LIRIO AGUILARTE.-
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
La Secretaria.-