En consecuencia, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCION en la presente causa, y ORDENA la remisión del mismo a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor Oriental del SENIAT a los fines de su ejecución.