En consecuencia, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, al ciudadano CANDIDO RAFAEL MOYA MARCHAN, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 13.936.185, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 25-12-1975, de 29 años de edad, de estado civil soltero, profesion u oficio Refrigeración Automotríz, nivel de instrucción: Tercer Grado Educación Primaria, hijo de los ciudadanos MARIA DARIA DE MORA (v) y de CANDIDO LEANDRO MOYA (v), residenciado en: Vidoño, Sector La Quebrada, Casa S/N, cerca Abastos El Amanecer, Vía El Rincón San Diego, Estado Anzoátegui, de acuerdo a lo estipulado en el articulo 256, ordinal 3° y la contemplada en el ordinal 9° Ejusdem, en concordancia con el articulo 39 ordinal 9° de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la.....