Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, pasa a dar cumplimiento a la presente comisión y en consecuencia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE del monto pendiente a pagar por la acreencia a favor de la empresa MARIANI BATTISTA y pendiente por cobrar, la suma de CIENTO TREINTA Y DOS MIL CIENTO UN BOLIVARES CON TREINTA DOS CENTIMOS (Bs. 132.101,32); el cual será deducido del monto total, es decir, MIL MILLONES CUATROCIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 1.405.481,60), con motivo de Reparación de Horno Clauss, 28-H-302, Unidad 28, realizado desde el día 10/12/2008 al 02/01/2009. Asimismo se ordena emitir el correspondiente cheque a nombre del Tribunal de la Causa: JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNS.....