Por todo lo expuesto, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Recusación interpuesta por el Abogado MANUEL ENRIQUE REYES PEÑA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad No. 5.059.262, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 62.982, contra la Dra. Mirna Más y Rubí Sposito, en su condición de Jueza del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Accidental en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los doce (12) días del mes.....