En razón de lo anteriormente transcrito, este Tribunal, declara INADMISIBLE, la solicitud de titulo supletorio sobre una bienhechurías, construidas en un terreno "de propiedad presuntamente municipal", ubicado en la carretera principal del Barrio Santo Domingo, Municipio Simón Bolívar, del estado Anzoátegui, alinderado por el Norte, con carretera Principal hacia el Hospital Luis Razetti; por el Sur, con terrenos municipales, por el Este, con taller propiedad de Luis Alexis Medina y por el Oeste , con Iglesia Evangélica propiedad de Ramón Lárez, formulada por el ciudadano CRISTOBAL ALFREDO CAGUA ARIAS, venezolano, mayor de edad, de estado civil divorciado, portador de la cédula de identidad Nro. V- 3. 668. 423, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Edgar Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 174. 999 y acuerda que el interesado, antes mencionado, se dirija ante la Sindicatura Municipal, del Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, a realizar los trami.....