ordena LA LIBERTAD INMEDIATA, al ciudadano en contra del Imputado CARLOS ALFREDO OSORIO SOLANO , en cumplimiento a lo dispuesto en los ordinales 4 y 7 del articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 7, 20, 66, 67 y 71 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.