En el presente caso, es indudable de que las pruebas aportadas, la adolescente (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente),, se encuentra cursando estudios en la Universidad Gran Mariscal de Ayacucho, Ingeniería Civil, y solicita se le extienda la pensión por sobreviviente de su difunto padre ciudadano VICENTE RAFAEL HERNANDEZ, quien fuera titular de la cédula de identidad N° V-4.496.304, hasta que culmine sus estudios, y atendiendo al derecho de todos los seres humanos a la seguridad social, a la educación, para el pleno desarrollo de su personalidad, que le permitan tener acceso a los medios de trabajos, una vez sea debidamente capacitado, es por lo que esta sentenciadora, considera procedente la solicitud, y en consecuencia AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a tramitar la Extensión de la Pensión.....