Admítase. Fórmese expediente. Cítense por medio de boleta a los ciudadanos ROGELIO ANTONIO RODRIGUEZ RAMIREZ y ARELYS JOSEFINA TORRES MOROCOIMA, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad Números. V-10.463.768 y 14.431.981, domiciliados el primero en la Calle 02, Casa Nº 02, Sector 05, Urbanización Brisas del Mar, Barcelona, Estado Anzoátegui y la segunda en la Calle Ruiz Pineda, Sector La Aduana, Casa 0-303, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citaciones, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a dar contestación a la referida solicitud. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), será el Acto Conciliatorio. Líbrese la correspondiente boleta de citación. Asimismo se acuerda practicar sendos Informes Sociales en el hogar de los ciudadanos.....