Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro 04, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme al articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta sentencia definitiva Condenatoria, previa aplicación del Procedimiento por Admisión de los hechos, en contra del ciudadano LUIS BELTRAN REINA, venezolano, titular de la cedula de Identidad Nro. 8.287.539, plenamente en acta, por la comisión del delito OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica contra el tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas , a cumplír la pena de DOS AÑOS Y OCHO MESES que deberá cumplir donde lo designe el Tribunal de Ejecución que corresponda. SEGUNDO: Este Tribunal no condena al hoy acusado, al pago de cos.....