En razón de las consideraciones expuestas, este Tribunal De Primera Instancia en Funciones De Juicio Sección De Adolescentes Del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA INTERRUPCIÓN de juicio oral y reservado en la causa seguida al acusado IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto en el artículo 405 en concordancia con el Artículo 424 ambos del Código Penal, cometido en agravio de la victima ciudadano: NELSON RAFAEL GUAINA, debiendo realizarse de nuevo y ordena la nueva realización del juicio , para el día 24 de Abril de 2012 a las 02:00 PM en consecuencia notifíquese a las partes de lo aquí decidido y así se decide. Cúmplase