En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto seguido al ciudadano PABLO FLORES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.748.045, Santa Ana, Municipio Santa Ana Estado Anzoátegui, a quien el querellante MAXIMILIANO SOUQUET le atribuye la comisión de los delitos de CALUMNIA ESPECIFICADA, FALSO TESTIMONIO, DIFAMACION AGRAVADA Y CONTINUADA E INJURIA previstos y sancionados en los artículos 240,242,442,444 en concordancia con el articulo 99 del Código Penal y 82 de la Ley Contra la Corrupción, a un Tribunal de Control en virtud de ser este el competente, de conformidad con lo establecido en los artículos, 64 y 67 el encabezado del artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, por consiguiente se ordena la remisión del presente asunto a la URDD a los fines de que se pro.....