DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Se Condena al acusado VICTOR DANIEL FABIEN GUEVARA, titular de la Cédula de Identidad N° 17.058.681; por la comisión del delito de ROBO ARREBATON, previsto y sancionado en el Artículo 456 Ultimo Aparte del Código Penal, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, de conformidad con el Articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio de la ciudadana HAYSEL MARIA PATIÑO. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase.-