este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Acción Mero Declarativa de Reconocimiento de la Comunidad Concubinaria solicitada por la ciudadana YUDITH DEL VALLE RONDON MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.368.003; en consecuencia, declara que existió una unión de hecho estable entre la accionante y el de-cujus, ciudadano ANTONIO MARQUES, quien era de nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.292.724, desde el mes de Abril de 2.000, hasta el día de su muerte, hecho este acaecido el día 24 de abril de 2.004, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en el articulo 767 del Código Civil y 16 .....