Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 11º, del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el ciudadano Juan Andrade Salazar, actuando en su carácter de Presidente de la sociedad de comercio demandada, J.M. Inversión Segura, C.A.; ello en la causa que por Cumplimiento de Contrato intentara la firma mercantil Pesquera Océano Pacífico, C.A. en contra de la referida sociedad de comercio, todos ya identificados. Y así se decide.