Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud presentada por la ciudadana ESTELA DEL CARMEN ALCALA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.368.148, asistida por el abogado en ejercicio JOSE EDUARDO SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.375. SEGUNDO: Se DECRETAN como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del de cujus ciudadano MARCO ANTONIO SANTOYO VARGAS, fallecido el día 10 de Mayo del 2013, quien era venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-14.101.094, a su cónyuge la ciudadana ESTELA DEL CARMEN ALCALA venezolana, mayor de edad, titula.....