Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: CON LUGAR la demanda de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana ROSA RUBICELA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-12.680.077, debidamente asistida por el abogado ANTONIO MARIA MEZA MEZA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº: 36.483, en contra del ciudadano JUAN EDUARDO HERNANDEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, V.- 8.974.689, donde se encuentra involucrada las adolescentes: ....., ambas por ser gemelas nacidas en fechas 27/07/1998.