este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, interpuesta por la ciudadana YADIRA JOSEFINA RONDON GAMBOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.490.893, en contra del ciudadano MARCO AURELIO VILLALOBOS BARRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.341.390. En consecuencia, se declara la Partición de los Bienes de los precitados ciudadanos,