Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, efectuada por los ciudadanos: BELKIS DEL JESUS URBAEZ LARA y JONNY ABDON NIETO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 16.963.979 y V- 13.918.219, domiciliados la Primera en la Calle Principal, Sector la Fundación, casa s/n. y el Segundo en la Calle las Flores, Sector Buenos Aires I, casa s/n., ambos de la Ciudad de Aragua de Barcelona del Estado Anzoátegui, asistidos por el abogado JUAN JOSE GUACARAN, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 162.638, de conformidad con lo establecido en los artículos 184 y 185 del Código Civil vigente y el a.....