Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por los ciudadanos: CARLOS ALBERTO MAYORGA PADRON y LOLIMAR DE LOS ANGELES PINTO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 10.998.439 y V- 11.000.296, respectivamente, domiciliados ambos en la Ciudad de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio JOSE CELESTINO MACHUCA CEDEÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 223.435, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil vigente y el artículo 8, ordinal 8° de la Ley Orgánica de la Juris.....