DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Con Lugar la Revisión de la Medida interpuesto por el Dr. JOSE GREGORIO MALAVE, en su condición de Defensor de Confianza de los imputados ROBERTO ANTONIO GRATEROL, ELUIS JOSE RONDON TORRES y MARIA EMPERATRIZ FRAGOZA, titulares de las Cédulas de Identidad N° 16.029.703, 14.174.646 y 12.061.953, en su orden, por la presunta comisión de los delitos de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, MANEJO FRAUDULENTO DE TARJETAS INTELIGENTES O INSTRUMENTOS ANALOGOS Y POSESION DE EQUIPOS PARA FALSIFICACIONES, previsto y sancionado en los artículos 12,16 19, de la ley Especial contra delitos Informáticos; de conformidad con el Articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal; de igual manera se le impone como Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, las establecidas.....