Este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR Y DIEGO BAUTISTA URBANEJA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA secuestrado el inmueble objeto de la presente medida constituido por Un (1) Apartamento identificado con la letras "OBO", correspondiente a la antigua conserjería, planta baja del cuerpo B, del Conjunto Residencial Playa Mar, Lechería, Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui. Y así se declara. Asimismo, se pone libre de personas y de bienes propiedad de la parte ejecutada y con los bienes propiedad de la parte ejecutante indicados en la exposición de la ejecutada y la del perito, en posesión de la parte ejecutante JUNTA DIRECTIVA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PLAYA MAR, en la persona de su apoderado judicial Abogado en ejercicio ENRIQUE VILLALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identida.....