Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la conversión de la separación de cuerpo en DIVORCIO, planteada por los ciudadanos OSMERY CAROLINA VERA MARTINEZ Y JULIO JOAN VALERA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros: V-16.571.018 y V-14.731.233, y de este domicilio, asistidos en este acto por la ciudadana ABG. MARIA SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros. 137.909, de este domicilio; y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha 05/12/2009, por ante el Registro Civil del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, lo cual se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio asentada bajo el No. 613, folio 113, del Libro Nº 03, llevado por ese Despacho durante el año 2009.....