Se declaró HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por el Abogado IBRAHIN VICUÑA, quien poseía el carácter de Defensor de Confianza al momento de la interposición del mismo, del acusado ISNAEL BELTRAN TIAMO CALZADILLA, titular de la cédula de identidad Nº 19.496.883, defendido actualmente por la Abogada MARIA VICTORIA HEREDIA en su condición de Defensora Pública Cuarta Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de septiembre de 2012, por el Tribunal de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual lo CONDENA a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano JOSE RAFAEL SERRA BLANCO.