Por lo antes expuesto, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO formulada por la Ciudadana RAFAELA JOSEFINA PÉREZ, identificada en autos, y ordena remitir copia certificada de la presente decisión al Ciudadano Director del Registro Civil del Municipio Autónomo Guanipa del Estado Anzoátegui, a fin de que inserte la correspondiente Acta de Nacimiento en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por ese Despacho en el presente año, en la que se indique correctamente que la ciudadana RAFAELA JOSEFINA PÉREZ, nació en la Calle Andrés Bello casa sin número del sector Las Casitas de la ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, en fecha veintiocho (28) de julio de mil novecientos ochenta y cuatro (1984) y son sus padres los ciudadanos Pedro José Espa.....