Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, REPONE la presente causa, contentiva del juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por el ciudadano AMIN AL KASSEM, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.228.592, con domicilio en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, contra los ciudadanos ALBERTO LUIS SALDIVIA MAESTRE y MELANIA MARGARITA MILANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 4.898.774 y 5.472.369, respectivamente y domiciliados en el Sector Pueblo Nuevo Norte, casa 2 A, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, al estado en.....