DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Anaco con funciones de Control Sección Adolescentes, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley decreta, al adolescente E.J.H.F (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA) de 14 años de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 28.148.857, domiciliado en la calle Sucre No. 34 Sector Lomas de Viento Fresco de la ciudad de Anaco del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Defensor Público Dra. ERLING MARCANO inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 168.762, con domicilio procesal en la Avenida lntercomunal Tigre - Tigrito detrás del Hotel la Redoma vía al Cementerio Jardines de Guanipa, El Tigre Estado Anzoátegui, a cumplir la pena de Privativa de Libertad por el lapso de Tres (03) años, por Admisión de los Hechos, como autor responsable del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en p.....