Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin Lugar la apelación ejercida por los demandados debidamente asistidos por el abogado Carlos Rondón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.957, contra decisión de fecha cinco (05) de marzo de dos mil quince (2015), dictada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui.