Con base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio No 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui ADMINISTRANDO JUSTICIA, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por AUTORIDAD de la LEY pasa a decidir de la siguiente manera: PRIMERO: ACEPTA la excusa planteada por el ciudadano DIOGENES DE JESUS MARQUEZ MARAIMA. SEGUNDO: Acuerda notificar un escabino distinto del listado seleccionado, a los fines de cumplir con el acto de Constitución del Tribunal Mixto, conforme a lo establecido en el articulo 163 en concordancia con el articulo 65, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda notificar a las partes de lo aquí acordado. Cúmplase.