este Tribunal, en virtud de lo antes, Niega la solicitud de Cobro de Costos judiciales, efectuada por los ciudadanos: JESUS ALBERTO BRACHO ACUÑA, CRISTOBAL PEREZ y GRACIELA SILVA DE BRACHO, abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos: 540., 23814 y 80.991 en su carácter de apoderados Judiciales de las ciudadanas: NAHIR VANESSA MEDERO, SUSAN KAREN MEDERO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: 16.926.254 y 17.535.895, respectivamente en contra de la ciudadana MERCEDES JOSEFINA SALAZAR de FIGUEROA y LA SUCESIÓN FIGUEROA SALAZAR, respectivamente.- Y asi se decide.-