DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demandada que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS CONCEPTOS LABORALES incoaran los ciudadanos JESUS RAMON QUIJADA y ANGEL RAFAEL QUIJADA, en contra de la sociedad mercantil TECNICA Y ASESORIA MIKE, C.A. y el ciudadano MICHEL JOSEPH UBALD DESCHAMBAULT, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: De conformidad a lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, no se condena en costas procesales a la parte codemandante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En E.....