Este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida por la ciudadana MILEIDA JOSEFINA MEJIAS APARICIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.294.885, debidamente asistida por el abogado en ejercicio LUIS ABRAHAM GARCIA GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.105, contra la decisión de fecha 16 de Marzo de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.-