En base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos: ERASMO RAFAEL BRITO RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 8.326.480, de estado civil Divorciado, nacido en fecha: 30/03/1963, de 42 años de edad, natural de Puerto la cruz, Estado Anzoátegui, hijo de Erasmo Brito (f) y Antonia Maria de Brito (f) y residenciado en: Conjunto Residencial los Cortijos de Oriente, Residencias las Aves, Edificio Nº 01, apartamento 122, Barcelona Estado Anzoátegui y LUIS BELTRAN CORREA MARIN, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 10.297.576, de estado civil Casado, nacido en fecha: 18/03/1970, de 35 años de edad, natural de Puerto la cruz, Estado Anzoátegui, hijo de Hilma Margarita de Correa (v) y Jesús del.....