Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de divorcio propuesta por el ciudadano JUAN CARLOS CABELLO MATA, contra la ciudadana YOLIMAR CAROLINA RAMOS GARCÍA, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído ante la Prefectura del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, en fecha seis de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, cuya Acta quedó asentada bajo el No. 313, Folios 433 al 435 en el Libro Original Nº 02 de Matrimonio llevado por ese Despacho, durante el año 1995, y así se decide.-