DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 448 y 437 literal "b" ambos del Código Orgánico Procesal Penal vigentes para el momento procesal de la interposición del recurso hoy previstos en los artículos 440 y 428 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA INADMISIBLE por EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados JOEL DÍAZ SARMIENTO y JOSÉ LUIS RUSSIAN, en su carácter de Fiscales Vigésimo Quinto Principal y Auxiliar del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 03 de octubre de 2012, mediante la cual se dictó sentencia condenatoria en contra del ciudadano JESUS ARGENIS BERNAL .....